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El monopolio de los derechos de autor y la teoría del plagio permanente

El País publica un reportaje sobre las entidades de gestión de los derechos de autor en España. Tras la reunión de la Subcomisión de Propiedad Intelectual del Congreso la polémica vuelve a las páginas de los diarios:

Las sociedades de gestión se sienten amenazadas. Atribuyen el informe del CNC a “intereses ocultos” y recuerdan que un informe encargado por el Ministerio de Administraciones Públicas en 2008 dejaba claro que la gestión colectiva era el mejor de los sistemas posibles. Manuel Medina, el presidente de la recién constituida Ibercrea, que agrupa a cuatro sociedades de gestión -AGEDI, AIE, CEDRO y SGAE- señala que se trata en todo caso de un “monopolio impropio”, es decir, sólo este tipo de entidades pueden gestionar colectivamente estos derechos de propiedad intelectual, pero no existe númerus clausus, puesto que Cultura puede autorizar nuevas entidades y la asociación a las mismas no es obligatoria.

Derechos de autor, que no derecho al monopolio
El País — Ramón Muñoz — 05/02/2010

En El País aderezan la noticia con un textito que titulan “La teoría del plagio permanente“, en la que relatan la discusión mantenida entre Rodríguez Ibarra y Muñoz Molina a cerca de los derechos de autor: «Siguiendo esta original teoría del plagio permanente podría colegirse que los políticos no deberían tampoco ser retribuidos por legislar puesto que todas las leyes se apoyan en otras anteriores, hasta remontarse al código de Hammurabi.»

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